Base de datos de los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas, Medicamentos Veterinarios y Contaminantes de la República Dominicana

Ultima actualización 12 / 08 / 2022

INGREDIENTES ACTIVOS
ORIGEN /
CLASE FUNCIONAL
PRODUCTO/CULTIVO
LMR OFICIAL
(mg/Kg) ppm
LMR CODEX
(mg/Kg) ppm
LMR EEUU
(mg/Kg) ppm
LMR UE
(mg/Kg) ppm
AZADIRACTINA BOTANICO Berenjenas 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Molondron ( Okras, quimbombós, molondron, abelmoscho) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Pepinos 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Calabacines (Squat summer-Succhini, Courgette) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Auyama (Calabazas comun-Pumpkins) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Maíz dulce ( sweet corn - en mazorca) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Repollos (Hortalizas del género Brassica)/Head cabbages 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Lechugas (de hoja -repollada) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Leguminosas (vainitas varias con vaina/Beans (with pods))/Frijol común (vainas y/o semillas no maduras) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Apio (hojas y tallos) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Brotes de bambú (Bamboo shoot) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Jengibre (raiz) 0.01* no hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 0.01*
AZADIRACTINA BOTANICO Cundeamor (Cucumber chino, melon amargo, pepino amargo) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Ñames 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Arroz (granos) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
AZADIRACTINA BOTANICO Castañas (Castanea sativa) -( Nut Chestnuts) - *castaña del para (mportada) 1 No hay reporte 0.02 gramos por hectareas de productos agricolas crudo 1
ALCOHOLES GRASOS ORGANICO Toronjas o pomelos (Pummelo and grapefruits ) No requiere LMR No hay reporte No hay reporte No requiere LMR
ALCOHOLES GRASOS ORGANICO Naranjas dulce (sweet orange) No requiere LMR No hay reporte No hay reporte No requiere LMR
ALCOHOLES GRASOS ORGANICO Limones No requiere LMR No hay reporte No hay reporte No requiere LMR
ALCOHOLES GRASOS ORGANICO Mandarinas No requiere LMR No hay reporte No hay reporte No requiere LMR
NOTAS IMPORTANTES:

En la República Dominicana, los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas están establecidos mediante el Decreto 244-10
Este decreto asume como nacionales los LMRs establecidos por el Codex Alimentarius, en primera instancia.
Puede encontrar más detalle de este Decreto en la Base Legal Sanitaria disponible en: http://www agricultura gob do/

(*) Indica el límite mínimo de determinación analítica
(**) Tolerancia de importación
(***) Solo para tratamiento cuarentenario para importación y exportación sin ambos países lo requiere
Po: The MRL accommodates post-harvest treatment of the commodity

Se asume LMR para cundeamor igual que el pepino, en el caso de la UE
Chile picante: para este producto se aplica en UE el renglor de solanaceae para otros productos
Sulfoxaflor, sedaxane, dinotefuran, coumafos, imazapyr, estreptomicina, por difo se le coloca 0.01
pro= Solo para procesado (Tolerances are established for residues including its metabolites and degradates.)
ti= tolerancia de importacion

Descripción de colores, base legal:
Prohibido en RD.
* Resoluciones: 61/2011 d/f 8/12/2008
(Artículo 1ro).
Articulo No. 2 (Cultivos No permitidos, puntos del 1 al 22)
* Resolución 6 /2014 d/f 13/03/2014 (Artículo 1ro ).
* Resolucion RES MA 2019/28 d/f 30/04/2019:
- Artículo No. 1 Prohibe Carbofuran, Calbosulfan, dimetoato u sus formulados.
- Articulo No. 3 Carbaril y Fipronil prohibe sus usos en solannaceas, cucurbitaceas y leguminosa de uso fresco.
Uso Restringido a cierto cultivos en RD
* Resolución: 61/2011.
- Articulo No. 2: (Cultivos de Uso permitidos, puntos del 1 al 22)